Gafas de protección Climax
Las gafas de protección están sujetas a la norma EN 166, que se aplica a la mayoría de los EPI de protección ocular, y algunas a normas específicas, según el tipo de protección que deban proporcionar. Por ejemplo, la norma EN 169 se aplica a los filtros de soldadura, mientras que las normas EN 170 y 171 regulan los filtros ultravioletas e infrarrojos, respectivamente. En Europa, las gafas de protección deben llevar el marcado CE, que certifica su conformidad con las normas vigentes. Además, todas las normas aplicables deben indicarse claramente en los propios artículos, ya sean gafas o máscaras. La norma EN 166 se refiere a la protección ocular contra los factores de riesgo que pueden alterar la visión o dañar los ojos, con excepción de las radiaciones de origen nuclear, los rayos X, las emisiones láser y las radiaciones infrarrojas emitidas por fuentes de baja temperatura. Esta norma distingue tres clases ópticas, en función de la intensidad de uso. Por tanto, hay lentes adecuadas para:
- Trabajo continuo (gafas para usar todo el día);
- Trabajo intermitente; y
- Trabajo ocasional (gafas de uso ocasional).
Las gafas o máscaras de protección también deben llevar una indicación de otras características técnicas de las lentes, que se compone de letras y, en algunos casos, números. En el sector industrial, las más comunes son las siguientes:
- F: Resistencia a impactos de partículas a velocidades de hasta 45 m/s (resistencia mecánica)
- K: Resistencia a los daños superficiales causados por partículas finas
- N: Resistencia al empañamiento
- A: Reflejo reforzado de los rayos infrarrojos